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Gobierno prohíbe suspender servicios de luz y agua por falta de pago durante Declaración de Emergencia

 

SAN JUAN – El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, ha promulgado dos leyes que aseguran servicios esenciales durante cualquier Declaración de Emergencia por fenómenos atmosféricos, a tiempo para el inicio de la temporada de huracanes el 1 de junio.

La primera ley, creada mediante el Proyecto de la Cámara 854, prohíbe la interrupción de los servicios de energía eléctrica y agua por falta de pago durante y hasta 10 días después de una emergencia o desastre. La segunda, generada a través del Proyecto de la Cámara 984, requiere que el Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres desarrolle un plan de servicios de emergencia proporcionados por organizaciones religiosas.

Además de estas leyes, Pierluisi ha firmado ocho leyes más, incluyendo la creación de un programa de garantía de créditos de inversión en el Banco de Desarrollo Económico y la devolución de las multas y penalidades a los municipios por violaciones a ordenanzas municipales.

Sin embargo, el gobernador ha vetado el Proyecto del Senado 487, que pretendía crear la Ley de Recreación Inclusiva para hacer que todos los parques públicos estén adaptados para personas con discapacidades, debido a problemas con la asignación de responsabilidades a la Oficina de Protección y Defensa de las Personas con Impedimentos.

Pierluisi indicó que estaría dispuesto a firmar una versión corregida de la ley.

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