El Capitolio – El representante Jerry Nieves Rosario, y sus homólogos en la Cámara Baja, Josean Jiménez Pérez y Joe Colón Rodríguez, radicaron el Proyecto de Ley Número 1175 en la Cámara de Representantes y cuyo norte o es nada menos que “la integración de Servicios Gubernamentales mediante videoconferencias, ordenar a todas las agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas, de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico, a implementar un sistema de atención al ciudadano vía videoconferencias, ordenar a la Oficina de Servicios de Innovación y Tecnología de Puerto Rico (PRITS) a establecer los parámetros técnicos y de ciberseguridad; añadir al Artículo 7 de la Ley 151-2004 conocida como Ley de Gobierno Electrónico un inciso (l) y para otros fines relacionados”.
Lo que nosotros buscamos es que “el acceso sea mucho más ágil y eficiente a los servicios gubernamentales es un pilar para el bienestar de nuestros ciudadanos y el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico”.
De acuerdo con datos históricos, la realización de gestiones administrativas ha requerido siempre de la presencia física del ciudadano en las dependencias públicas, lo que, a menudo, se traduce en pérdida de horas laborables, gastos de transportación y prolongados tiempos de espera.
“Ante los avances agigantados de las tecnologías de la información y la comunicación, el Estado tiene el deber ineludible de atemperar sus operaciones a la realidad digital moderna para facilitar la vida de los ciudadanos”, hizo hincapié.
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La realidad actual nos exige dar un paso adicional hacia la atención sincrónica y personalizada de manera virtual… La tecnología de videoconferencia ha demostrado ser una herramienta sumamente eficaz que permite una interacción directa sin las limitaciones de la distancia geográfica, optimizando el tiempo tanto del servidor.
“Esta Ley propone la integración formal de sistemas de videoconferencia para la atención al ciudadano en las agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas de la Rama Ejecutiva. para lograr una implementación estructurada y segura”
Los beneficios de la implementación de esta medida son sustanciales. Por un lado, la atención por videoconferencia será promovida con el fin de obtener eficiencias y aumentar la productividad del aparato gubernamental.
Por otro lado, democratiza el acceso a las instituciones, exigiendo que las plataformas seleccionadas cumplan con los estándares de accesibilidad para personas con diversidad funcional, tales como la provisión de subtitulado en tiempo real o la integración de intérpretes de lenguaje de señas.
Esto permite que sectores vulnerables, personas con limitaciones de movilidad o aquellos que residen en áreas distantes puedan recibir una atención equitativa y digna.
“Esta iniciativa se concibe estrictamente como una alternativa adicional para el ciudadano y su uso será opcional. En ningún momento, la implementación de este sistema de videoconferencia podrá utilizarse como justificación para eliminar, reducir o menoscabar el derecho inalienable de las personas a recibir atención presencial o telefónica en las instalaciones de las agencias gubernamentales”, adelantó.
