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Municipio de Peñuelas establece su propio toque de queda

Municipio de Peñuelas establece su propio toque de queda

 

PEÑUELAS (NELPR) – El municipio de Peñuelas estableció una Orden Ejecutiva donde establece su propio toque de queda y restricciones adicionales como prevención ante el COVID-19.

La OE establece:

• Un toque de queda entre 7:00pm y 5:00am.

• Autorización a transitar durante horario toque de queda en Peñuelas, residentes que laboren en los centros autorizados por la Orden Ejecutiva de la Fortaleza.

• Los comercios operarán entre 5:00am y 7:00pm.

• Los comercios, restaurantes y negocios de venta de bebidas, deberán operar exclusivamente por “carry-out” dentro del horario permitido en la presente Orden Ejecutiva.

• Se autoriza a aquellos supermercados que tengan servicio de entregas a la casa de las compras que las personas realicen, lo hagan hasta las 9:30pm.

• Se autoriza a los comercios a operar entre 7:00pm y 9:00pm únicamente para servicio de entregas (“delivery”).

• Aquellos comercios que no puedan operar exclusivamente por “carry-out” (oficinas de servicio) podrán recibir clientes en su local, pero limitando la cantidad de personas dentro del mismo a un tope del veinticinco por ciento (25%) de la capacidad máxima del local. El comercio deberá tomar las medidas para asegurarse de que se cumpla con dicha capacidad, incluyendo, pero sin limitarse, a establecer un sistema de citas previas y/o reservaciones.

• Los comerciantes tienen que asegurarse de que ninguna persona entre a su local sin utilizar mascarilla. Aquellos comerciantes que permitan que dentro de su local haya personas sin mascarillas se podrán exponer al cierre temporal de su negocio y/o a la revocación de sus licencias. De igual forma, podrán ser referido a las Agencias estatales para la imposición de medidas estatales y/o multas administrativas.

• Los comercios que venden bebidas alcohólicas no permitirán que las personas se mantengan frente a sus locales.

• Se prohíbe la celebración de eventos, en donde se congreguen más de diez (10) personas en espacios cerrados. Solo se podrán celebrar actividades en lugares al aire libre, en los cuales las personas mantengan una distancia de más de seis (6) pies y utilicen la mascarilla en todo momento.

• Se prohíbe la celebración de deportes en conjunto y de contacto.

• Se prohíbe la celebración de eventos públicos, incluyendo actividades políticas, donde se congreguen más de diez (10) personas. Solo se podrán celebrar en lugares al aire libre, en los cuales las personas mantengan una distancia de más de seis (6) pies y utilicen la mascarilla en todo momento.

• Todos los comercios deberán mantener estrictas medidas de seguridad, seguir con sus Protocolos (incluyendo aquellos enviados al Departamento del Trabajo), asegurarse que todas las personas que acudan a su local (incluyendo clientes y empleados) mantengan distanciamiento social [una distancia de más de seis (6) pies] y utilicen mascarillas. También será requisito mantener “handsanitizer” o área para lavado de manos frecuente. El personal del Municipio podrá solicitar copia del Protocolo del comercio (incluyendo el enviado al Departamento del Trabajo como parte del proceso de la Autocertificación) para garantizar su cumplimiento.

• Reuniones o actividades en lugares cerrados. Se prohíben reuniones o actividades de más de diez (10) personas en espacios cerrados.

• Será requisito que cualquier persona que llegue a Puerto Rico y se hospede (ya sea en residencia o lugares públicos) en el Municipio de Peñuelas, comunicarse al Sistema de Rastreo del Municipio para proveer su información personal y personas con las cuales tiene o ha tenido contacto en el Municipio. 787-709-0760

• Se exhorta a las Iglesias, a fomentar y colaborar con esta Orden Ejecutiva. A celebrar sus cultos o reuniones en espacios al aire libre. Estamos a la mejor disposición de identificar espacios y proveer alternativas.

Cualquier persona, natural o jurídica, que viole la presente Orden Ejecutiva podrá ser referido a las Agencias concernientes para la imposición de multas administrativas y/o, en casos de comercios, revocarle o suspenderle temporalmente, sus licencias y/o patentes municipales. De igual forma, en caso de negocios que operen en locales municipales, se le podrá cancelar el contrato de arrendamiento.

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