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108 años de cárcel por someter a su pareja a un patrón de maltrato

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FAJARDO (CyberNews) – La jueza Gema González Rodríguez de la sala 306 del Centro Judicial de Fajardo, sentenció a 108 años y 3 meses de prisión contra Miguel Córdova Villodas, un individuo que fue acusado por someter a su expareja a un patrón de abuso, maltrato físico y sicológico entre abril de 2012 y enero de 2014 en hechos ocurridos en Fajardo.



“La violencia domestica no importa de la manera en que se manifieste es repudiada y combatida por el Departamento de Justicia. Hay casos terribles donde la victimización de las perjudicadas marcan nuestra vida como servidores públicos que por tantos años hemos luchado contra el maltrato y el abuso. Este caso verdaderamente impactó nuestra atención y teníamos el firme propósito de hacerle justicia a esta mujer que públicamente conocimos de unos hechos de extrema crueldad. Hoy ciertamente aunque se trabajará con las secuelas emocionales que siempre marcan estos incidentes de violencia de género, desde el punto de vista del ordenamiento jurídico se le hace justicia y este individuo responderá a la sociedad con su libertad al recibir una sentencia de 108 años y 3 meses de prisión además de la inclusión en el Registro de Convictos de Violencia Doméstica del Departamento de Justicia para que ninguna otra mujer este ajena a esta convicción” señaló Vázquez Garced en declaraciones escritas.

Córdova Villodas enfrenta cargos por violencia doméstica, violaciones a la Ley de Armas, restricción a la libertad y agresión grave. Éste fue el primer acusado en la isla por un cargo de esclavitud o servidumbre involuntaria, pero esa acusación fue desestimada posteriormente.



En 2015, Córdova Villodas fue arrestado y el 14 de junio pasado fue encontrado culpable por 38 cargos por: 12 violaciones a la Ley de Armas; siete cargos por restricción a la libertad (Artículo 3.4 de la Ley 54 de Violencia Doméstica); siete cargos por lesión mutilante (Artículo 109 del Código Penal); dos cargos por maltrato mediante amenaza (Artículo 3.3 Ley 54); y 10 cargos por maltrato (Artículo 3.1 de la Ley 54).

Durante el juicio, la fiscal Marieli Rosario Figueroa presentó la prueba contra el individuo, contra quien se le imputaba abusar de su entonces pareja consensual, a quien quemaba en diferentes partes del cuerpo con una espátula, la agredía con palos de escoba y con cables eléctricos, la golpeaba con barras de jabón dentro de medias, y la obligaba a comer excremento, entre otros actos. La perjudicada vivía encerrada en la casa donde convivían, donde estaba amenazada de muerte.

Según trascendió, el 31 de enero de 2014, la mujer escapó de la casa por un hueco del aire acondicionado buscando ayuda para su patrón de maltrato.

La jueza Gema González Rodríguez, del Tribunal de Primera Instancia de Fajardo, impuso la sentencia. Al momento del arresto, Córdova Villodas cumplía una probatoria por otro caso de violencia de género contra otra pareja.



Por su parte, la procuradora de las Mujeres, licenciada Lersy Boria Vizcarrondo dijo, “Ninguna humillación a la dignidad humana puede ser aceptada. Ninguna. En este caso, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres ha observado con estupor y alarma el caso de, el Pueblo de Puerto Rico versus Miguel Córdova Villodas, quien inicialmente fue acusado por Ley de Armas, violencia doméstica, y otras violaciones al Código Penal.

La sentencia del día de hoy sobrepasa los 108 años, por 38 cargos graves contra el Pueblo de Puerto Rico. La determinación de la honorable Juez Gemma González, del Tribunal de Fajardo, tomó en cuenta los hechos y las guías de tribunales. Llama la atención de OPM la naturalidad del agresor que en ningún momento pidió perdón o expresó arrepentimiento en su alocución en sala.

Reconozco la facultad del tribunal y la respetabilidad de la Jueza, y como representante de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, entiendo necesario destacar que ninguna condena le hace justicia real ni a la víctima en este caso, que afortunadamente vive para contarlo, ni a las víctimas previas del agresor, por violencia de género. Pero una guía mía como Procuradora de las Mujeres es clara: En OPM mi compromiso es inequívoco q favor de las víctimas y de su entorno”.



“La valentía de la perjudicada en este caso pudo poner punto final al maltrato al que era sometida. Y lo detuvo, ya que era un patrón porque había sido acusado anteriormente por violencia doméstica contra una pareja anterior. Y ahora cumplirá en la cárcel”, señaló Vázquez Garced.

Informes de prensa indican que según testificó la víctima en el proceso de vista preliminar, el imputado siempre exhibió un comportamiento posesivo por el que incluso tuvo que dejar su trabajo en el Departamento de Hacienda (DH). Asimismo, el sujeto supuestamente no la dejaba salir de su casa y que la agredía con medias con jabones en su interior, palos de escobas y cables eléctricos. Alegó que las agresiones fueron al punto que en un incidente sufrió una protuberancia en la muñeca izquierda con la que intentó defenderse durante un altercado.

Además, entre otras cosas, la mujer alegó que era insultada durante el acto sexual y que fue agredida y escupida luego de tener relaciones sexuales con Córdova Villodas. La mujer además alegó que el imputado le insistía en saber con qué hombres ella había tenido relaciones sexuales previamente y que la agredía bajo el pensamiento de que la mujer le mentía.

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